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IA invisible en la empresa

Su empresa ya utiliza inteligencia artificial, aunque la dirección no lo sepa: cómo controlar la IA invisible

La inteligencia artificial ya está presente en muchas empresas, incluso cuando no existe un proyecto formal ni una decisión expresa de implantación.

Empleados de distintos departamentos la utilizan para redactar textos, resumir documentos, analizar datos o preparar presentaciones. Lo hacen, en la mayoría de los casos, para trabajar más rápido y con mayor eficiencia.

El problema surge cuando este uso se produce sin criterios comunes, sin control sobre la información que se introduce y sin una revisión adecuada de los resultados. A este fenómeno se le conoce como IA invisible o shadow AI: el uso de herramientas de inteligencia artificial al margen de los sistemas y políticas de la empresa.

La cuestión ya no es si la empresa debe permitir o prohibir la IA, sino cómo puede aprovecharla sin perder el control sobre sus datos, decisiones y responsabilidades.

Un cambio en la forma de adoptar tecnología

A diferencia de otras tecnologías, la inteligencia artificial generativa puede utilizarse de forma inmediata, sin grandes inversiones ni implantaciones complejas. Esto hace que su adopción se produzca muchas veces desde los propios empleados, antes de que la organización haya definido reglas claras.

El resultado es que la empresa puede estar utilizando IA sin saber:

  • Qué herramientas se están usando.
  • Qué información se introduce.
  • Cómo se tratan los datos.
  • Qué decisiones se apoyan en sus resultados.

Este escenario no solo genera riesgos operativos, sino también riesgos legales relevantes, especialmente en materia de protección de datos, confidencialidad y cumplimiento normativo.

IA invisible en la empresa: riesgos y cómo controlarla

Los principales riesgos (y su dimensión legal)

1. Exposición de información sensible y datos personales

Para obtener mejores resultados, los empleados suelen introducir contexto en las herramientas de IA. Ese contexto puede incluir datos confidenciales, estratégicos o datos personales de clientes, empleados o terceros.

Esto tiene una implicación directa en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD):

  • La empresa sigue siendo responsable del tratamiento de los datos.
  • Debe garantizar la licitud, minimización y seguridad del tratamiento.
  • No puede transferir datos a terceros (incluidos proveedores de IA) sin base jurídica adecuada y garantías suficientes.
  • Debe controlar posibles transferencias internacionales de datos.

Sin un control adecuado, la empresa puede perder la trazabilidad sobre dónde se procesa la información, cómo se almacena o si se reutiliza para entrenar modelos.

2. Errores difíciles de detectar y responsabilidad empresarial

La IA puede generar respuestas muy convincentes, pero incorrectas: datos inventados, interpretaciones erróneas o cálculos inexactos.

Esto tiene una consecuencia jurídica importante: la empresa no puede eximirse de responsabilidad alegando que “lo dijo la IA”.

En la práctica:

  • La decisión sigue siendo humana y organizativa.
  • La IA es una herramienta, no un sujeto responsable.
  • Si el resultado se utiliza en decisiones empresariales, la empresa asume el riesgo.

Por eso, la normativa y las buenas prácticas exigen supervisión humana efectiva, especialmente en decisiones con impacto económico, laboral o jurídico.

3. Decisiones automatizadas y exigencias del RGPD

Cuando la IA se utiliza para apoyar decisiones sobre candidatos, clientes o procesos internos, puede entrar en juego el artículo 22 del RGPD, relativo a decisiones automatizadas.

Esto implica que:

  • No pueden adoptarse decisiones exclusivamente automatizadas con efectos significativos sin garantías específicas.
  • Debe existir intervención humana significativa cuando proceda.
  • La persona afectada puede tener derecho a obtener explicación, impugnar la decisión y solicitar revisión.

Si la empresa no controla el papel de la IA en estos procesos, puede incurrir en incumplimientos relevantes.

4. Contenidos generados con IA y obligaciones de transparencia

La generación de textos, imágenes o materiales con IA plantea dudas sobre derechos de autor, uso de contenidos de terceros y responsabilidad sobre posibles errores.

Además, el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (AI Act) introduce obligaciones progresivas de transparencia, especialmente en determinados casos:

  • Cuando el usuario interactúa con un sistema de IA, debe ser informado de ello.
  • Los contenidos generados o manipulados artificialmente (como deepfakes) deben identificarse como tales en determinados supuestos.
  • En sistemas de alto riesgo, se exigen controles adicionales de documentación, supervisión y trazabilidad.

Esto significa que, en determinados usos, no solo importa usar la IA correctamente, sino también informar de su uso y poder justificarlo.

5. Uso de herramientas sin evaluación previa (riesgo de cumplimiento)

Muchas herramientas se adoptan sin analizar aspectos clave como:

  • Protección de datos y base jurídica del tratamiento.
  • Condiciones de uso de la información introducida.
  • Posible reutilización de datos para entrenamiento de modelos.
  • Ubicación del proveedor y transferencias internacionales.
  • Medidas de seguridad y control de accesos.

Desde el punto de vista legal, esto puede suponer incumplimientos del RGPD y, en el futuro inmediato, del AI Act, que exige a las organizaciones un uso responsable y documentado de los sistemas de IA en función de su nivel de riesgo.

La obligación de formar a los empleados

El marco europeo ya establece una obligación expresa de alfabetización en inteligencia artificial.

El Reglamento de IA exige que las organizaciones adopten medidas para garantizar que las personas que utilizan estos sistemas tengan un nivel suficiente de conocimiento, teniendo en cuenta:

  • Su experiencia y funciones.
  • El contexto de uso.
  • Los riesgos del sistema.
  • El impacto potencial de sus decisiones.

Esto implica que no basta con enseñar a “usar la herramienta”, sino que es necesario formar en:

  • Protección de datos y confidencialidad.
  • Limitaciones de la IA (errores, sesgos, alucinaciones).
  • Obligaciones de supervisión humana.
  • Usos prohibidos o de alto riesgo.

Prohibir no es la solución

Una prohibición total del uso de IA puede parecer una respuesta sencilla, pero en la práctica suele ser ineficaz. Los empleados pueden seguir utilizándola de forma no controlada, lo que aumenta el riesgo jurídico y operativo.

Lo recomendable es establecer un marco claro que distinga entre:

  • Usos permitidos.
  • Usos con precauciones.
  • Usos que requieren autorización.
  • Usos prohibidos.

Este enfoque permite cumplir mejor con las obligaciones legales y, al mismo tiempo, aprovechar la tecnología de forma segura.

Cómo empezar a controlar la IA en la empresa

No es necesario un sistema complejo, pero sí unas bases mínimas de cumplimiento:

  • Identificar qué herramientas se están utilizando realmente.
  • Evaluar su impacto en protección de datos y seguridad.
  • Clasificar los usos según su nivel de riesgo.
  • Definir una política interna clara y comprensible.
  • Establecer herramientas autorizadas.
  • Limitar el uso de información sensible o datos personales.
  • Garantizar supervisión humana en decisiones relevantes.
  • Formar a los empleados en obligaciones legales y riesgos.
  • Designar un responsable interno de coordinación y cumplimiento.

Conclusión

La inteligencia artificial ya forma parte de la actividad diaria de muchas empresas, aunque no siempre de forma visible o controlada.

El reto no es evitar su uso, sino integrarla de manera segura, ordenada y conforme al marco legal vigente, especialmente en materia de protección de datos y Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial.

Las organizaciones que consigan este equilibrio no solo reducirán riesgos legales, sino que también podrán aprovechar mejor su potencial.

En definitiva, la cuestión no es si la IA ha entrado en la empresa, sino si la empresa ha decidido cómo quiere gestionarla.

Tech fee

Tech fee: ¿valor real o subida encubierta de precios?

Cada vez más proveedores de servicios profesionales incorporan en sus presupuestos un tech fee: un recargo destinado a cubrir inversiones en software, automatización, inteligencia artificial, ciberseguridad o nuevas infraestructuras digitales. La justificación habitual es sencilla: la tecnología mejora el servicio y, por tanto, debe financiarse de forma explícita.

Sin embargo, para la empresa cliente la cuestión relevante no es si la tecnología es útil —porque en la mayoría de los casos lo es—, sino si ese suplemento adicional está económicamente justificado y si el reparto del valor generado es equilibrado.

Aceptar o rechazar un tech fee no debería ser una reacción intuitiva, sino el resultado de un análisis estructurado.

¿Coste estructural del proveedor o verdadero valor diferencial?

La primera distinción es esencial.

Hay tecnologías que constituyen hoy el estándar mínimo para competir en el mercado: herramientas básicas de gestión, almacenamiento seguro de información, comunicaciones digitales, acceso a bases de datos o sistemas de cumplimiento normativo. Estas inversiones forman parte del coste estructural del proveedor. En consecuencia, deberían estar integradas en su política general de precios.

Distinto es el caso en que la tecnología aporta una mejora concreta y específica para el cliente: por ejemplo, acceso a un portal personalizado, trazabilidad en tiempo real de los asuntos, análisis predictivo, reducción demostrable de tiempos o herramientas de reporte avanzadas.

No toda inversión interna legitima un suplemento externo.

¿Existe beneficio real, actual y medible?

El núcleo del análisis debe centrarse en el valor recibido.

Conviene evaluar si la tecnología:

  • Reduce plazos de entrega o tiempos de respuesta.
  • Disminuye riesgos, errores o contingencias.
  • Aumenta la calidad técnica de forma verificable.
  • Mejora la información disponible para la toma de decisiones.
  • Reduce costes internos de la propia empresa cliente.

Si el beneficio es meramente organizativo para el proveedor, o si el retorno se producirá dentro de uno o dos años como consecuencia de un proceso interno de transformación, el argumento para trasladar el coste al cliente pierde fuerza.

En términos económicos, el suplemento es defendible cuando existe una transferencia inmediata de valor, no cuando el cliente financia un plan estratégico cuya rentabilidad principal recae en el proveedor.

Tech fee

El riesgo de la doble captura de margen

Existe además un elemento que conviene analizar con serenidad.

Si la tecnología aumenta la productividad del proveedor y reduce sus costes, su margen mejora automáticamente si mantiene sus precios actuales.

Añadir además un tech fee puede generar una doble captura de valor:

  1. Ahorro interno derivado de mayor eficiencia.
  2. Incremento externo derivado del recargo adicional.

La empresa cliente no tiene por qué asumir que esa doble captura sea razonable.

No se trata necesariamente de exigir una bajada automática de precios, pero sí de garantizar que el reparto del valor generado por la tecnología no sea asimétrico.

Qué contrapartidas debería negociar la empresa cliente

Aceptar un suplemento sin negociación rara vez es una práctica adecuada de gestión.

Si el tech fee se considera razonable, deberían vincularse contrapartidas claras y medibles, tales como:

  • Compromisos de nivel de servicio (SLA) más exigentes.
  • Plazos de respuesta garantizados contractualmente.
  • Indicadores de calidad definidos y revisables.
  • Acceso a herramientas digitales específicas para el cliente.
  • Informes periódicos de rendimiento o métricas de mejora.
  • Revisión anual del suplemento.
  • Carácter temporal del recargo hasta la amortización de la inversión.

Transparencia y sostenibilidad de la relación a largo plazo

Más allá del importe concreto, el debate sobre el tech fee afecta a la confianza.

Un proveedor que explica con claridad:

  • Qué inversión ha realizado.
  • Qué impacto concreto tiene en el servicio.
  • Cómo se medirá ese impacto.
  • Durante cuánto tiempo se aplicará el suplemento.

está fortaleciendo la relación.

Por el contrario, un concepto añadido sin justificación detallada puede percibirse como una subida encubierta de precios, con el consiguiente deterioro de la relación comercial.

Conclusión

El tech fee no es automáticamente ilegítimo, pero tampoco es automáticamente razonable.

La empresa cliente debe evaluarlo como cualquier decisión económica relevante: analizando el valor recibido, el equilibrio de márgenes, las alternativas disponibles y las condiciones negociadas.

La tecnología es necesaria en cualquier sector moderno. La cuestión clave no es si debe invertirse en ella, sino cómo se reparte el valor que genera y quién asume su coste en cada fase del proceso.